Fotografia:ADN radio Chile por Mario Vergará

Ni tan rápidos ni tan furiosos: adiós a las carreras clandestinas

Por: Krishna Kremer y Catalina Millahueque

La Ley N° 21.495 que sanciona la organización y participación en carreras no autorizadas de vehículos motorizados y otras conductas parecidas, fue publicada este 4 de octubre en el Diario Oficial de la República de Chile. El objetivo de esta ley es prohibir y sancionar a aquellas conductas riesgosas para la seguridad vial, teniendo en cuenta que en el año 2021 se registraron 80.751 siniestros de tránsito y un total de 1.688 personas perdieron la vida en estos accidentes, cifra que tuvo un aumento del 13,7% respecto a los fallecidos informados del año 2020. En relación con las carreras clandestinas la imprudencia del conductor fue la principal causa y el exceso de velocidad.

Las autoridades han trabajado en conjunto para que se cumplan las normativas de esta ley, mediante la fiscalización en distintos puntos del país, por esto mismo han anunciado la creación de un «Plan especial» que también establece sanciones para quienes faciliten vehículos motorizados para la participación en carreras clandestinas; y también respecto de aquellos que organicen carreras no autorizadas, penas que se verán agravadas en los casos en que ocasionen o ejecuten carreras para obtener algún beneficio económico para sí o terceros. Las autoridades hacen un llamado a denunciar las carreras clandestinas ante Carabineros.