Consumo de Cannabis en Chile

¿Cómo han sido los últimos años el consumo de esta planta? Ya sea de forma recreativa como también medicinal.

El cannabis por milenios ha sido considerado una potente medicina herbal, cuyos usos terapéuticos se encuentran consignados desde una antigua farmacopea china, del año 2.737 A.C., pasando por textos islámicos, persas y griegos, tratados de Galeno y Paracelso, así como en medicinas tradicionales que persisten hasta hoy, como la medicina ayurvédica, originaria de India.

En Chile, la discusión sobre la legalización del cannabis medicinal se zanjó hace años: el ISP en su oficio Nº 1.014, del 1 de julio de 2015, en base a los resultados de su Comisión Técnica, refrendados por el Grupo de Trabajo del Ministerio de Salud, propone adecuaciones a la normativa vigente con el objeto de permitir el uso del cannabis y sus derivados para fines de investigación científica o clínica y en tratamientos médicos. El Estado chileno reconoce y legaliza el uso medicinal del cannabis[9] , mediante el decreto 84, que modifica los reglamentos 404 y 405 de Psicotrópicos y Estupefacientes, respectivamente. Por lo tanto, el cannabis medicinal es legal en Chile. Tanto es así que el ISP registró en 2017 un medicamento en base a cannabis, para lo cual el laboratorio fabricante presentó la evidencia de su efectividad y seguridad, logrando así autorizar su distribución en las farmacias del país.

Por otra parte, desde el año 2006 el cultivo personal como vía de acceso al uso terapéutico del cannabis está despenalizado en Chile, así como en Colombia, Jamaica, Holanda, España, Suiza y Australia del Sur; también está actualmente regulado en países como Canadá, Uruguay, República Checa, Bélgica, Camboya, Chipre, Austria y Dinamarca además de 19 estados de EEUU.

El avance en Chile de la Ley de Cultivo Seguro, la que busca resguardar el derecho ya existente a disponer de un tratamiento efectivo a partir de la autogestión, supervisada por médicos tratantes. Se enfatiza la urgencia por detener en nuestro país la persecución de usuarios de cannabis medicinal, ya que es un grave atentado a los derechos humanos el procesar penalmente a personas por cultivar cannabis para resolver un problema de salud. La voz de usuarios y sus médicos tratantes resulta imprescindible en una discusión que no puede ser capturada por el prohibicionismo ni por la gran industria farmacéutica. Como así relataremos en nuestro podcast el caso de uno de los tantos ciudadanos chilenos que han sido detenidos por cultivo de Cannabis, que lo realizan con el fin de ser su tratamiento médico. 

No hay edad ni género para consumir esta planta que posee tantas propiedades, tantas personas con enfermedades pocas conocidas, en las cuales el uso de Cannabis ha sido exitosa. Pero nuestras leyes chilenas estipulan de la siguiente manera: Ley 20.000 es la que sanciona el tráfico de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Se promulgó el año 2005 bajo la presidencia de Ricardo Lagos para actualizar la legislación a la realidad nacional. Es aquí cuando comienza el debate, la constante persecución hacia consumidores tanto como medicinales como recreativos.

“Cuando es un cultivo efectuado para tu uso, aunque sea en colectivo, es legal dentro de la Ley 20.000 hoy día”Ana María Gazmuri, Directora de Fundación Daya

Fundación Daya, una agrupación sin fines de lucro, que tiene como objetivo ayudar a personas que necesiten realizar tratamientos canábicos, entregan asesorías y guías para un consumo responsable y efectivo. Cientos de testimonios que han entregado aprobación a esta fundación, ya que entrega educación. 

La Ley 20.000 sigue considerando una falta (no un delito) el consumo de marihuana en lugares públicos (calles, plazas, pubs, estadios, cines, teatros, bares, entre otros). Por lo mismo, no tiene penas de cárcel, pero sí las siguientes sanciones:

  • Multa (de 1 a 10 Unidades Tributarias Mensuales -UTM-)
  • Asistencia obligatoria a programas de prevención (hasta por 60 días) o tratamiento y rehabilitación en instituciones autorizadas por el Servicio de Salud competente (hasta por 180 días)
  • Trabajos en beneficio de la comunidad.
  • Puede aplicarse, como pena accesoria, la suspensión de la licencia de conducir de vehículos motorizados por un plazo máximo de 6 meses. En caso de reincidencia, la suspensión será de hasta un año y, de reincidir nuevamente, podrá extenderse hasta por dos años.

Según la Ley 20.000, también es ilegal regalar o vender marihuana o cualquiera de sus derivados sin la autorización del Instituto de Salud Pública.

Chile aún no está preparado para la legalización del Cannabis, quizás con fines terapéuticos sí, pero de con fines recreativos es difícil, ya que el descontrol y excesivo consumo, podría llevar al país como primer consumidor a nivel mundial. En la actualidad, somos el tercer país que más consume Cannabis. Aunque por otra parte, afectará a la sociedad de forma psicológica, emocional. Aún queda mucho por debatir e investigar en relación al Cannabis, como también entregar suficiente información previa. Sin embargo, existen muchas organizaciones que pueden darte atención médica y una receta para el consumo de cannabis medicinal, de ser necesario. Algunas de ellas son Fundación DayaReceta Cannabis y Dispensario Nacional. Al ser usuario medicinal de estas organizaciones, además, tienes acceso a asesorías legales y orientación con tu consumo. Esto es solo en caso de ser paciente con alguna enfermedad.

Por María José Aravena, Catalina Robles y Nicolás Vera.